La violencia de género se refiere a los actos dañinos dirigidos contra una persona o un grupo de personas en razón de su género. Tiene su origen en la desigualdad de género, el abuso de poder y la existencia de normas dañinas. El término se utiliza principalmente para subrayar el hecho de que las diferencias estructurales de poder basadas en el género colocan a las mujeres y niñas en situación de riesgo frente a múltiples formas de violencia. Si bien las mujeres y niñas sufren violencia de género de manera desproporcionada, los hombres y los niños también pueden ser blanco de ella. En ocasiones se emplea este término para describir la violencia dirigida contra las poblaciones LGBTQI+, al referirse a la violencia relacionada con las normas de masculinidad/feminidad o a las normas de género

La violencia contra las mujeres, ha sido un problema constante dentro de la sociedad mexicana, sin embargo no ha sido, sino hasta los últimos años que la percepción de la violencia ejercida contra las mujeres ha cambiado radicalmente. Esta situación se da sobre todo a partir de que la violencia contra las mujeres pasó de ser un tema del ámbito privado a convertirse en un problema del ámbito público. Este cambio en la forma en que se ve la violencia es fundamental para entender las acciones que se han tomado por parte de los gobiernos de los Estados, los Organismos Internacionales y las Organizaciones de la Sociedad Civil.

 

La puesta de la violencia en la escena pública, permitió entender que era necesario trabajar por su erradicación en contra de las mujeres, ya que representaba un obstáculo para el efectivo goce y ejercicio de sus derechos fundamentales, que permeaba todos los ámbitos de desarrollo. Esta situación implica analizar tanto los casos de violencia, como las políticas públicas implementadas en torno al tema de la atención, detección y erradicación de la violencia contra las mujeres.

Esta situación implica analizar tanto los casos de violencia, como las políticas públicas implementadas en torno al tema de la atención, detección y erradicación de la violencia contra las mujeres

En este sentido, la Coordinación Integral  para la Atención de la Violencia de Género, como parte fundamental del Instituto Municipal de la Mujer de Toluca se especializa en la prevención, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el municipio de Toluca.

Tiene como objetivo  realizar acciones para prevenir y atender la violencia contra las mujeres con enfoque de perspectiva de género, con el propósito de favorecer el desarrollo integral de las mujeres, y de esta forma, propiciar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.

Violencia contra mujeres y niñas

A inicios de  la década de los noventa la Organización Mundial de la Salud, OMS, el Banco Mundial y el Fondo de Población de las Naciones Unidas, FNUAP, conciben a la violencia contra las mujeres como un problema de salud pública. Además, inicialmente se considera como un tema de derechos humanos de las mujeres en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de Viena, 1993, en realidad con la salud sexual y reproductiva en la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo de El Cairo, 1994. Otro avance importante. Otro avance importante fue que La Plataforma para la Acción de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer celebrada en Beijing, 1995, dedicó un capítulo completo a la violencia contra la mujer, dando como resultado una serie de recomendaciones para los gobiernos, las organizaciones multilaterales y no gubernamentales.

La violencia contra las mujeres y las niñas se define como todo acto de violencia basado en el género que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o mental para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada. La violencia contra las mujeres y niñas abarca, con carácter no limitativo, la violencia física, sexual y psicológica que se produce en el seno de la familia o de la comunidad, así como la perpetrada o tolerada por el Estado.

Violencia contra mujeres y niñas en el ámbito privado

Este tipo de violencia, también llamada maltrato en el hogar o violencia de pareja, es cualquier patrón de comportamiento que se utilice para adquirir o mantener el poder y el control sobre una pareja íntima. Abarca cualquier acto físico, sexual, emocional, económico y psicológico (incluidas las amenazas de tales actos) que influya en otra persona. Esta es una de las formas más comunes de violencia que sufren las mujeres a escala mundial.

La violencia contra mujeres y niñas en el ámbito privado puede incluir:

 

La alerta de violencia de género, AVGM, es un mecanismo de protección de los derechos humanos de las mujeres único en el mundo

¿Qué es la alerta de violencia de género contra las mujeres?

La alerta de violencia de género contra las mujeres (AVGM) es un mecanismo de protección de los derechos humanos de las mujeres único en el mundo, establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y su trámite para emitirla o concederla lo describe el Reglamento de dicha Ley.

Consiste en un conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida y/o la existencia de un agravio comparado que impida el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres, en un territorio determinado (municipio o entidad federativa); la violencia contra las mujeres la pueden ejercer los individuos o la propia comunidad. (Artículo 22 de la Ley de Acceso).

¿Cuál es el objetivo fundamental de la alerta de violencia de género contra las mujeres?

Garantizar la seguridad de mujeres y niñas, el cese de la violencia en su contra y/o eliminar las desigualdades producidas por una legislación o política pública que agravia sus derechos humanos. (Artículo 23 de la Ley de Acceso).

 

¿Qué es la violencia feminicida?

Es la forma extrema de violencia contra las mujeres por el solo hecho de ser mujeres, ocasionada por la violación de sus derechos humanos, en los espacios público y privado; está integrada por las conductas de odio o rechazo hacia las mujeres, que pueden no ser sancionadas por la sociedad o por la autoridad encargada de hacerlo y puede terminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres. (Artículo 21 de la Ley de Acceso).

¿Cuándo se presenta un agravio comparado?

 Cuando un ordenamiento jurídico vigente o una política pública contengan alguno de los siguientes supuestos y éstos transgredan los Derechos Humanos de las Mujeres:

  • Distinciones, restricciones o derechos específicos diversos para una misma problemática o delito, en detrimento de las mujeres de esa entidad federativa o municipio
  • No se proporcione el mismo trato jurídico en igualdad de circunstancias, generando una discriminación y consecuente agravio, o
  • Se genere una aplicación desigual de la ley, lesionándose los Derechos Humanos de las Mujeres, así como los principios de igualdad y no discriminación.

¿Cuántas Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres se han declarado?

A la fecha se han declarado 25 AVGM en 22 entidades del país que incluyen 643 municipios.

De las 25 declaratorias emitidas desde 2015 hasta la fecha se han acumulado 552 medidas recomendadas a gobiernos y órganos autónomos locales, para que las implementen en el territorio y coadyuvar a reducir la violencia feminicida.

De estas 552 medidas, 208 son de prevención; 190 son para lograr justicia y reparación del daño a los familiares, víctimas y sobrevivientes de la violencia feminicida, y 154 corresponden a medidas de seguridad.

 

A la fecha se han evaluado a 18 de 22 estados con alerta. Los resultados arrojan que 9% de las medidas recomendadas han sido cumplidas a cabalidad; 5% no han sido cumplidas, y 86% se encuentran en proceso de cumplimiento o parcialmente cumplidas.

Conoce más de este mecanismo para la protección de los derechos de las mujeres en el Estado de México y la erradicación de la violencia en su contra.

El 31 de julio de 2015 la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) de la Secretaría de Gobernación notificó al titular del Ejecutivo Estatal, la emisión de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, mediante la cual se hizo del conocimiento que el Gobierno del Estado de México, deberá adoptar las acciones que sean necesarias para ejecutar las medidas de:

Seguridad;
Prevención;
Justicia.; y
Cero Toleración a la Violencia contra las Mujeres

Al respecto, el Gobierno del Estado de México a través de diversas dependencias así como los municipios con Declaratoria de Alerta de Violencia por feminicidio y desaparición ha tenido a bien emprender diversas acciones en el marco de su competencia, para dar seguimiento y/o cumplimiento a la medidas, con la finalidad de garantizar a las mujeres y niñas una vida libre de violencia. Para mayor información da clic aquí.

Fuentes:
Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres
Alerta de Violencia de Género

×